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De los supuestos que se indican a continuación, señale usted qué operación NO se encuentra exceptuada de la obligación de emitir comprobantes de pago.

Comprobantes de pago - Excepciones

  • A.La venta de diarios, revistas y publicaciones periódicas efectuadas por canillitas.
  • B.Actos y/o contratos de cesión en uso, arrendamiento, usufructo, arrendamiento financiero, asociación en participación, comodato y en general todas aquellas operaciones en las que el transferente otorgue el derecho a usar un bien.
  • C.El servicio de lustrado de calzado y el servicio ambulatorio de lavado de vehículos.
  • D.Los servicios de seguridad originados en convenios con la Policía Nacional del Perú siempre que la retribución de cada uno de sus miembros no exceda de S/. 1,500.00.
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Respuesta correcta: B. Actos y/o contratos de cesión en uso, arrendamiento, usufructo, arrendamiento financiero, asociación en participación, comodato y en general todas aquellas operaciones en las que el transferente otorgue el derecho a usar un bien.

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