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De conformidad con la Ley Nº 31464, ley que modifica las normas que regulan los procesos de alimentos, a fin de garantizar la debida aplicación del principio del interés superior del niño y la obtención de una pensión de alimentos adecuada, que incorpora el art. 170 A del Código de Niños y adolescentes, en caso las partes no concurran a la audiencia única:

  • A.El juez debe archivar el proceso, por desinterés de las partes
  • B.Si existen los medios probatorios suficientes para resolver, el Juez emite sentencia en aplicación del principio del interés superior del niño
  • C.Si juez tiene dudas, reprograma la audiencia para nueva fecha
  • D.Se archiva debido a la insuficiencia probatoria
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Respuesta correcta: B. Si existen los medios probatorios suficientes para resolver, el Juez emite sentencia en aplicación del principio del interés superior del niño

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