De acuerdo con los últimos criterios interpretativos emitidos por la Sala Especializada en Protección al Consumidor sobre la figura del allanamiento, según el numeral 6, art. 112° del Código de Protección y Defensa del Consumidor; es falso que:
- A.La figura del allanamiento no es aplicable si el procedimiento sancionador es promovido por una denuncia de asociación de consumidores.
- B.La figura del allanamiento es aplicable si el procedimiento sancionador es promovido por la propia autoridad administrativa (no hay denuncia de parte).
- C.Si el proveedor se allana y la primera instancia acoge en su totalidad el allanamiento, declarando su responsabilidad administrativa, este ya no puede apelar, pues no existe agravio.
- D.La autoridad administrativa puede imponer sanciones pecuniarias al infractor, inclusive si estese allana antes del vencimiento del plazo para presentar descargos.
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Respuesta correcta: B. La figura del allanamiento es aplicable si el procedimiento sancionador es promovido por la propia autoridad administrativa (no hay denuncia de parte).