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De acuerdo con el Decreto Legislativo 1256, Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas y modificarías, sí se consideran barreras burocráticas lo siguiente:

  • A.Las exigencias, requisitos, limitaciones, prohibiciones y/o cobros establecidos a través de leyes u otras normas con rango de ley y alcance nacional, emitidas al amparo de la función legislativa.
  • B.Las omisiones, inacciones o cualquier inactividad de la administración pública, que su actuación sea indispensable para el ejercicio de las actividades económicas o para la ejecución de un procedimiento administrativo y no exista una solución alternativa por medio del régimen de silencios administrativos u otros.
  • C.Las medidas fito y zoosanitarias, conforme a la sexta disposición final y complementaria de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1059.
  • D.La declaración de nulidad de un acto administrativo por motivos de debido procedimiento. Sin perjuicio de ello, el acto administrativo podrá ser utilizado para acreditar la existencia de una barrera burocrática cuando la sanción haya tenido como fundamento el incumplimiento de la barrera burocrática controvertida.
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Respuesta correcta: B. Las omisiones, inacciones o cualquier inactividad de la administración pública, que su actuación sea indispensable para el ejercicio de las actividades económicas o para la ejecución de un procedimiento administrativo y no exista una solución alternativa por medio del régimen de silencios administrativos u otros.

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