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De acuerdo a la Ley del Servicio Civil – Ley N°30057, son faltas de carácter disciplinario, entre otras:

  • A.La negligencia en el desempeño de las funciones.
  • B.La utilización o disposición de los bienes de la entidad pública en beneficio propio o de terceros.
  • C.El incumplimiento injustificado del horario y la jornada de trabajo
  • D.Todas las anteriores.
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Respuesta correcta: D. Todas las anteriores.

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