De acuerdo a la Constitución Política del Estado, toda persona tiene derecho a:
- A.La igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica; salvo aquella impuesta por el Estado.
- B.A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias.
- C.A la inviolabilidad del domicilio. Nadie puede ingresar en él ni efectuar investigaciones o registros sin autorización de la persona que lo habita o sin mandato judicial y fiscal, ni en flagrante delito.
- D.A su identidad étnica y cultural. El Estado no reconoce a los extranjeros este derecho cuando son citados por cualquier autoridad.
- E.La igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole, salvo cuando estén detenidos.
Ver respuesta
Respuesta correcta: B. A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias.