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Cuáles son los contextos, reconocidos por el primer párrafo del artículo 108-B del Código Penal:

Derecho Penal y Procesal Penal

  • A.Violencia familiar; ii. Coacción, o acoso sexual; iii. Abuso de poder, confianza o de cualquier otra posición o relación que le confiera autoridad al agente; iv. Cualquier forma de discriminación contra la mujer.
  • B.Violencia familiar; ii. Coacción, hostigamiento o acoso sexual; iii. Abuso de poder, confianza o de cualquier otra posición o relación que le confiera autoridad al agente; iv. Cualquier forma de discriminación contra la mujer.
  • C.Violencia familiar; ii. Coacción; iii. Abuso de poder, confianza o de cualquier otra posición o relación que le confiera autoridad al agente; iv. Cualquier forma de discriminación contra la mujer.
  • D.Violencia familiar; ii. Responsabilidad o confianza; iii. Abuso de poder, confianza o de cualquier otra posición o relación que le confiera autoridad al agente; iv. Cualquier forma de discriminación contra la mujer.
  • E.Violencia familiar; ii. Coacción, hostigamiento o acoso sexual; iii. Abuso de poder, confianza o de cualquier otra posición o relación que le confiera autoridad al agente.
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Respuesta correcta: B. Violencia familiar; ii. Coacción, hostigamiento o acoso sexual; iii. Abuso de poder, confianza o de cualquier otra posición o relación que le confiera autoridad al agente; iv. Cualquier forma de discriminación contra la mujer.

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