Constituyen circunstancias de atenuación, siempre que no estén previstas específicamente para sancionar el delito y no sean elementos constitutivos del hecho punible, excepto:
- A.Ejecutar la conducta punible sobre bienes o recursos públicos
- B.La carencia de antecedentes penales;
- C.El obrar por móviles nobles o altruistas;
- D.El obrar en estado de emoción o de temor excusables;
Ver respuesta
Respuesta correcta: A. Ejecutar la conducta punible sobre bienes o recursos públicos