Conforme al Código de los Niños y Adolescentes: ¿En los procesos de tenencia, se debe escuchar o no la opinión del niño?
Código de los Niños y Adolescentes
- A.No se debe escuchar la opinión de un niño, pues aún no tiene desarrollada su pensamiento abstracto.
- B.Se debe escuchar la opinión del niño siempre que se acredite que está desarrollado su pensamiento abstracto.
- C.Si se debe escuchar su opinión
- D.Ninguna de las alternativas es correcta pues el Código de los Niños y Adolescentes no hace referencia a la opinión del niño en los procesos de tenencia.
- E.Ninguna de las anteriores
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Respuesta correcta: C. Si se debe escuchar su opinión