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Carlos se ha enterado que en una notaría de su ciudad se ha celebrado, sin su conocimiento, la compraventa de su casa a un tercero. Ante esto, ha ido a la notaría a exigirle copia de los documentos de la transacción (minuta, escritura pública, etc.) para averiguar la identidad del falso vendedor y del comprador. Envió una carta notarial a la notaría, la cual no ha sido respondida pese al tiempo transcurrido. Ante ello, interpone una demanda de hábeas data. Como debe resolver el juez:

  • A.Declarar improcedente la demanda porque la información solicitada no es información pública y una notaría no es una entidad pública.
  • B.Declarar improcedente la demanda porque el derecho afectado es el derecho a la propiedad y no al acceso a la información, debiendo interponerse un amparo.
  • C.Declarar improcedente la demanda porque solo se puede recurrir al hábeas data ante la negativa de entregar la información, no ante la falta de respuesta.
  • D.Declarar fundada la demanda porque los notarios ejercen función pública y la información que genera constituye información pública.
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Respuesta correcta: D. Declarar fundada la demanda porque los notarios ejercen función pública y la información que genera constituye información pública.

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