¿A partir de qué año de antigüedad debe realizarse la inspección técnica de un vehículo particular para transporte de personas de hasta 9 asientos incluido el conductor de la categoría M1?
- A.A partir del segundo año contado desde el año siguiente de su fabricación.
- B.A partir del cuarto año contado desde el año siguiente de su fabricación.
- C.A partir del quinto año contado desde el año siguiente de su fabricación
- D.No está sujeto a inspección técnica.
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Respuesta correcta: B. A partir del cuarto año contado desde el año siguiente de su fabricación.