A Manuel se le sigue una investigación preparatoria por un delito de corrupción de funcionarios. Su condición procesal es la de preso preventivo y el plazo de la medida que el juez dispuso fue de 09 meses al apreciar que el caso no era complejo. Ocurre que, cuando Manuel cumplió 07 meses de prisión preventiva, las normas procesales fueron modificadas por el Poder Legislativo y se estableció que el plazo de esta medida para casos no complejos será ahora 18 meses. Manuel y su abogado defensor desean conocer si será excarcelado al cumplir el plazo de 09 meses o si se le aplicará el nuevo plazo de 18 meses. ¿Cuál es la solución que aporta el Código Procesal Penal al respecto?
Derecho Procesal Penal
- A.Manuel será excarcelado ahora cuando cumpla los 18 meses de prisión preventiva porque la ley procesal se aplica de inmediato, inclusive a los procesos en trámite.
- B.Manuel será liberado a los 09 meses porque la norma procesal vigente es la que regía al momento de la comisión del delito, siendo además esta última la más favorable al reo.
- C.Manuel será excarcelado a los 09 meses, plazo inicial, aunque antes del vencimiento de este término el fiscal haya declarado complejo el proceso y requerido la prolongación de la prisión preventiva.
- D.Manuel será liberado al cumplirse los 09 meses porque la aplicación inmediata de la ley procesal, incluso a los procesos en trámite tiene excepciones, entre ellas, el que siga rigiendo la ley anterior cuando se trata de plazos que ya hubieren empezado a correr.
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Respuesta correcta: D. Manuel será liberado al cumplirse los 09 meses porque la aplicación inmediata de la ley procesal, incluso a los procesos en trámite tiene excepciones, entre ellas, el que siga rigiendo la ley anterior cuando se trata de plazos que ya hubieren empezado a correr.